TET sobresee y declara inexistente violencia política contra diputad@s locales

El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) sobreseyó y declaró inexistente actos de violencia política en razón de género interpuesta por 10 legisladores locales en contra de 13 de sus homólogos, luego de que fueran removidos de diversas comisiones en el Congreso y de la Junta de Coordinación y Concertación Política el pasado 28 de mayo.

Pese a que los denunciantes encabezados por la legisladora petista, Irma Yordana Garay Loredo, narraron la forma en cómo de manera simbólica, diputadas y diputados del Congreso local, así como dirigentes de los partidos Acción Nacional (PAN), del Revolucionario Institucional (PRI), del Verde Ecologista de México (PVEM), de Encuentro Social (PES) y de Movimiento Ciudadano (MC), actuaron para, de forma velada, removerlas de comisiones por apoyar el artículo segundo transitorio del dictamen a discutirse y aprobarse en la sesión del 28 de mayo, el cual ratificaría que el género femenino encabezaran diputaciones plurinominales el próximo proceso electoral.

En este sentido el proyecto del juicio TET-PES-001/2020 señala que el derecho parlamentario administrativo se caracteriza por un conjunto de normas con que son regidas las actividades internas de las asambleas legislativas, se trata del derecho parlamentario legislativo el cual regula la integración de las comisiones al interior del Poder Legislativo.

De igual forma fue sobreseída la denuncia en contra del dirigente del Partido Acción Nacional (PAN), José Gilberto Temoltzin Martínez por haber removido a Leticia Hernández Martínez de la coordinación del PAN en el Congreso local.

Finalmente, en el estudio de fondo del Procedimiento Especial Sancionador (PES) son declaradas inexistentes las infracciones en contra de los dirigentes de los partidos políticos porque “no actualiza una conducta susceptible de incurrir en violencia política en razón de género en contra de las diputadas denunciantes, ni de cualquier otra persona del género femenino, pues como bien lo refieren los dirigentes denunciados, dicha reunión se encuentra amparada dentro de su derecho de libertad de asociación”.

En tanto sobre las declaraciones hechas por Temoltzin Martínez hecha a medios de comunicación los magistrados del TET no detectaron que se generen afectaciones o denotación a diputadas denunciadas, a alguna mujer o al sector femenino; en tanto sobre las declaraciones de Luz Vera respecto a que se victimizan los magistrados de consideraron “que no se acredita la infracción denunciada, por las consideraciones que de los comentarios que se pueden desprender de la nota en mención es posible advertir que estos si fueron realizados por la denunciada en contra de las diputadas denunciantes, sin embargo, las mismas, no se generaron en un marco de violencia política en razón de género, sino que las mismas, atiende a una crítica dura y al debate vigoroso, a la que están sujetos quienes ostentan un cargo público (…).”

Posterior a las presentación del proyecto José Lumbreras García, presidente del TET, reconoció que ha sido un tema complejo, que implicó la integración y revisión del expediente de más de mil 100 fojas que deberían ser resueltas en términos de Ley, con tiempos cortos, y es el primero que se propone por razones de violencia política en razón de género.

Señaló que el documento estuvo dividido en tres partes el primero enfocado en la reunión del 26 de mayo donde se reunieron diputados integrantes de Comisiones Unidas para revisar el artículo donde permanecerían las mujeres encabezando las plurinominales y la imposibilidad del Tribunal para analizar el caso por no ser de materia electoral el asunto, sino de materia parlamentaria; el segundo punto  analizado son los actos de los dirigentes de los partidos políticos que sostuvieron posterior a la reunión de Comisiones Unidas del 26 de mayo para concretar que las mujeres no encabezaran las candidaturas de representación proporcional en el próximo proceso electoral.

Tras el análisis, Lumbreras García, señaló que las acusaciones en contra de los diputados no se encuentran demostrados ; asimismo no hay elementos que pudieran localizarse a efecto de perfeccionar la investigación en contra de los dirigentes para resolver que cometieron actos de violencia política en razón de género.

Por su parte el magistrado Miguel Nava Xochitiotzin, señaló que el asunto es importante debido a que el TET va acorde con la expedición de normas que hacen diversas órganos jurisdiccionales, de ahí que específicamente en el caso analizado es importante el resolutivos porque se sujeta a un principio de progresividad de los Derechos Humanos principalmente porque el criterio ha sido sustentado por la SCJN y no se deja en la indefensión a los actores de este procedimiento especial sancionador.

Detalló que se ratifica a la instancia a la que debe acudir para dirimir estas diferencias entre los congresistas locales. Emitió voto a favor por el estudio hecho de cada uno de los denunciantes y ratifico los principios de progresividad y tutela de justicia efectiva en favor de los quejosos.

En tanto el magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle, aseguró que ha sido uno de los asuntos “más complejos que ha conocido este tribunal, por la serie de circunstancias” en las que algunas diputadas son removidas de comisiones al interior del Poder legislativo; “sin embargo –justificó-, la misma jurisprudencia que se encuentra vigente ha definido qué es lo que enmarca el concepto de lo que es materia administrativa  parlamentaria, y, si la misma jurisprudencia nos dice que eso no alcanza en materia electoral y esa jurisprudencia es tan distinta, creo que nosotros como tribunal local no estamos en la posibilidad de inaplicar o revocar dicho criterio de jurisprudencia.”

Asimismo, explicó que si bien hay una reforma que les daría elementos para ver con una perspectiva distinta asunto como ese, pero como lo señaló la Sala Regional de la Ciudad de México aun revisándolo con perspectiva de género no podrían alcanzar una conclusión distinta porque los sucesos que se están denunciando enmarcan dentro del concepto que la propia Sala Superior ha determinado como de naturaleza parlamentaria.

Respecto a la acusación en contra de los dirigentes de partidos políticos Muñoz Cuahutle indicó que serán los propios partidos políticos quienes tengan que definir si se presentó violencia política en razón de género al interior de sus filas en agravio de las mujeres diputadas.

Por ello señaló que no tienen opción más que aplicar los criterios la jurisprudencia establecida, para resolver de esta forma el asunto TET-PES-001/2020.