- El proceso no cumplió con lo establecido en los estatutos y hubo diversas irregularidades.
Al comprobarse diversas irregularidades entre ellos la carencia de documentos oficiales que avalen el desarrollo de la asamblea avalada por las dos terceras partes de agremiados, este jueves el Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCA) negó la toma de nota y reconocimiento oficial de Enrique Escobar Cortes como dirigente del Sindicato «7 de mayo».
En sesión ordinaria el organismo laboral explicó que no existe ningún documento que avale el medio o la forma en cómo se citó a la base a la reunión del 20 de mayo de 2022, en la cual se acordó, entre otros puntos, la emisión de la convocatoria para la celebración de una asamblea con el carácter de Congreso Extraordinario a celebrarse el 25 de mayo de la anualidad en curso, a fin de elegir a los integrantes del Comité Ejecutivo y del Comité de Vigilancia, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 10 de la norma estatutaria.
También negó la toma de nota a Sandra Ríos Muñoz al frente del Comité de Vigilancia de esta organización sindical de burócratas.
Este artículo señala que las Asambleas Extraordinarias pueden ser convocadas por las dos terceras partes de los miembros activos del sindicato para tratar asuntos de suma importancia y de inaplazable resolución. Por tanto, no se contempla la celebración de reuniones sino de asambleas extraordinarias, siendo los únicos competentes para convocar las dos terceras partes de los agremiados, sin embargo, no existe documento que acredite que fueron las dos terceras partes de los agremiados quienes citaron a la base a una asamblea donde se emitirían las bases para renovar a sus directivas.
De igual manera fundamentó que tampoco existe algún legajo que señale cuales eran los rubros a tratar durante la reunión del 20 de mayo de 2022, punto importante debido a que todos y cada uno de los miembros que conforman el Sindicato 7 de Mayo tienen el derecho de saber oportunamente los temas a debatir, tal como lo señala el artículo 11 de la norma estatutaria.
“En el Congreso Extraordinario celebrado el 25 de mayo de 2022, quien fungió como directora de la mesa de debates no era miembro activo del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes, Municipios y Organismos Descentralizados del Estado de Tlaxcala “7 de mayo”, se establece en el resolutivo.
De igual manera, las boletas utilizadas adolecen de los requisitos establecidos en el artículo 371 de la supletoria Ley Federal del Trabajo, ya que carecen del cargo para el que se postula al candidato o candidatos y el nombre completo del candidato o candidatos a elegir; además, las firmas al reverso estampadas son diversas a la de los integrantes de la Comisión de Vigilancia Electoral, resolvió el TCA.
Vale recordar que en la reunión del pasado 25 de mayo que agremiados al Sindicato 7 de Mayo denominaron Asamblea General con carácter de Congreso Extraordinario, Enrique Escobar Cortez había sido electo como secretario general del Comité Ejecutivo.
Ese día las bases designaron a Nazaria García Cerón como directora de la mesa de debates y de igual manera se había elegido al frente del Comité de Vigilancia a Sandra Ríos Muñoz.
Esta determinación del Tribunal de Conciliación y Arbitraje se da la víspera de la celebración del Congreso Extraordinario de este viernes 23 de septiembre en el Centro de Convenciones de la ciudad capital en el que contenderán tres planillas por la dirigencia del Sindicato 7 de Mayo.
La planilla Café la encabeza Karina Erazo Rodríguez, la planilla Azul, Mauricio Hernández Cervantes y la planilla Naranja, Pablo Flores Xochitemol.