En ocasión de las medidas que se han establecido en la jurisdicción estatal para contener la aparición de casos del virus COVID-19, el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAIP) considera pertinente realizar una serie de recomendaciones en torno al manejo de datos personales de aquellas personas que pudieran ser portadoras de la enfermedad.
En ese contexto, hay que enfatizar que se considera dato personal sensible aquel relacionado con la condición de salud presente o futura de una persona, por lo que debe considerarse confidencial cualquier información relacionada con algún caso sospechoso o contagio confirmado de COVID-19.
Lo anterior, con base en lo que establece la fracción V del artículo 39 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Tlaxcala.
El artículo 39 de dicha normativa, establece que, “El sujeto obligado podrá realizar transferencias de datos personales sin necesidad de requerir el consentimiento del titular” en casos específicos, entre ellos, el de la fracción V, el cual define como supuesto aquellos casos cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios, siempre y cuando dichos fines sean acreditados.
En atención a lo anterior, la identidad de las personas afectadas de COVID-19 no debe divulgarse bajo ningún supuesto. La transferencia de esta información entre instituciones de salud deberá ser debidamente documentada, fundamentada y llevarse a cabo bajo medidas de seguridad que garanticen la protección de datos personales.
Hay que precisar que, los datos personales no deberán en ninguna circunstancia utilizarse para propósitos distintos a los que conlleve el tratamiento médico de aquellos casos sospechosos o positivos.
En el virtual escenario en el que al interior de los sujetos obligados exista presencia de casos sospechosos o confirmados de COVID-19, ninguna persona deberá identificarse de forma individual.
Asimismo, deberán definirse plazos de conservación de la información de los datos personales, así como el mecanismo para la correcta eliminación de forma segura de la información, debiendo ser esta fundada y motivada.
En caso de ser necesario el hacer pública información relacionada con COVID-19 del sujeto obligado, esta deberá ser previamente disociada, con la finalidad de evitar la identificación o hacer identificable a las personas.