- Encabezados por la petista Garay Loredo, l@s legisladores locales insisten en la restitución de sus cargos, entre ellos la JCCP.
El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) resolverá este martes si acepta o desecha la denuncia de violencia política en razón de género interpuesta por 10 legisladores locales en contra de 13 de sus homólogos, luego de ser destituidos de diversas comisiones y de la Junta de Coordinación y Concertación Política (JCCP).
Y es que desde el pasado viernes la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) recibió la notificación de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revocó la resolución de la Unidad Técnica del Instituto electoral local, pues debe ser la Comisión de Quejas y Denuncias del mismo órgano quien debe decidir si acepta o desecha la querella interpuesta por la diputada petista Irma Yordana Garay Loredo y nueve legisladores más por la posible violencia política en razón de género.
De aceptarla, el ITE tendrá otras 48 horas para emplazar y citar “a las partes a una audiencia de pruebas y alegatos , que tendrá lugar dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a su admisión. Y en el mismo plazo, si la Comisión de Quejas y Denuncias considera necesaria la adopción de medidas cautelares, las propondrá al Consejo general para que resuelva lo conducente.”
En este sentido las 48 horas de los días hábiles, para resolver, se concluirán este martes de ahí que este mismo día el ITE decidirá si acepta o no la denuncia por violencia política en contra de 13 legisladores locales y dictará las medidas cautelares, las cuales “constituyen instrumentos que puede decretar la autoridad competente, a solicitud de parte interesada o de oficio, para conservar la materia del litigio, así como para evitar un grave e irreparable daño a las partes en conflicto o a la sociedad, con motivo de la sustanciación de un procedimiento.”
“Sin embargo, en el caso concreto, las y los actores solicitaron como medida cautelar la restitución de los cargos al interior de las comisiones que integraban; al respecto, la Sala Superior consideró que, en apariencia del buen derecho, no se dictarían tales medidas porque no tenían como fin asegurar la vida integridad o la libertad de las y los solicitantes.”, puntualiza la resolución de la Sala regional.
Es de señalar que a pesar de que la resolución fue aprobada por unanimidad, el voto razonado de la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, señala que “el salto de la instancia no era procedente y debíamos reencauzar el juicio al Tribunal local.”
Al respecto argumentó “que aun y cuando se alegaba la comisión de violencia política contra las mujeres por razón de género, la solicitud de medidas cautelares era un tema íntimamente vinculado al fondo del asunto que no justificaba la urgencia para que conociéramos la controversia en este momento, y que existía tiempo suficiente para que el Tribunal local resolviera oportunamente la controversia sin que esto causara un daño irreparable a la parte actora e incluso le garantizaba una tutela judicial efectiva.”, concluye el documento de 51 hojas dado a conocer por la Sala regional del TEPJF.