Las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) no sólo han contribuido a la consolidación de los principios constitucionales federales sobre paridad de género e igualdad, sino que también han subsanado diversos aspectos que faltan por homologar en el marco jurídico electoral local con el que existe a nivel federal, afirmó la magistrada de este órgano jurisdiccional local, Claudia Salvador Ángel.
Durante una participación académica organizada por la Escuela Superior de Derecho de Tlaxcala, con el tema “Análisis de las sentencias emitidas por el TET en materia de género”, la magistrada destacó que las resoluciones también han subsanado diversas imprecisiones prevalecientes para eliminar la posibilidad de que esos principios de paridad e igualdad puedan ser obviados por los partidos políticos.
“Las sentencias han obligado a los partidos a que, tanto en el ámbito de sus dirigencias como en el de la integración de sus candidaturas a diputaciones locales y miembros de ayuntamientos, incorporen a mujeres en condición de paridad numérica y de igualdad en las condiciones de participación respecto a los hombres, lo que ha fortalecido el respeto a los derechos humanos y la cultura político-electoral de nuestra entidad”, dijo.
En su disertación, Salvador Ángel explicó dos sentencias emitidas por el TET correspondientes a los expedientes TET-JDC-043 /2017 y TET-JDC-003/2018. El primero relacionado con la integración de los órganos internos de dirección del Partido Socialista (PS), y cuya resolución fue en el sentido de que la paridad de género debía darse no sólo en la postulación de cargos de elección popular, sino también en la integración de sus órganos de dirección, pues de lo contrario se estarían vulnerando los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación.
El segundo expediente, refirió, tuvo que ver con la implementación de una medida afirmativa, consistente en disponer que todos los partidos políticos que postularan candidaturas para la elección de diputaciones locales por el principio de representación proporcional, debían presentar listas encabezadas por mujeres y no por hombres, considerando que en la integración de las Legislaturas locales anteriores el género femenino estuvo sub representado históricamente.
En esa perspectiva, la magistrada electoral destacó la importancia de las resoluciones del TET, pues reiteró que las sentencias de este órgano jurisdiccional han contribuido a defender los derechos político-electorales de las mujeres en el estado.