Ante la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Covid-19 se presentan nuevas reglas de convivencia e interacción social como método principal de prevención de contagio.
Conforme a una nota publicada por el portal de noticias www.eleconomista.com.mx, la “sana distancia” ha permanecido como una de las medidas irremplazables determinadas por las autoridades sanitarias para la contención del virus; en este contexto es importante seguir las indicaciones bajo protocolos que no atenten contra la integridad y los derechos de las personas y que no promuevan la discriminación.
El Conapred (Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación) elaboró una guía para mejorar las relaciones interpersonales en un contexto de alta propagación del virus evitando comportamientos discriminatorios, en general, y especialmente con las personas diagnosticadas con Covid-19 o que presentan síntomas de la enfermedad.
No es discriminatorio tomar sana distancia de estas personas, de hecho, que existan espacios especiales y aislados para ellos es también una forma de protección individual y colectiva. Sin embargo, la negación de derechos o exclusión de las personas portadoras del virus por su condición de salud sí es una manera de discriminación.
Es importante que las personas diagnosticadas con Covid-19 conserven sus derechos humanos, laborales, sociales y civiles. Así como que se les ofrezcan alternativas de comunicación e interacción educativa y con sus familiares, además de que al momento de recuperarse puedan reintegrarse a sus actividades sin ser sujetos de prejuicios o actitudes de rechazo sin fundamentos científicos.
Otro de los puntos importantes para evitar la discriminación en este contexto es la erradicación de ideas prejuiciosas o estereotipos no fundamentados. Aunque el origen del virus SARS-CoV-2 se sitúa en la ciudad de Wuhan, China, esto no responsabiliza a sus habitantes de la pandemia. Rechazar o culpabilizar a la población asiática de la emergencia sanitaria sí es una forma de discriminación.
Del mismo modo apartarse injustificadamente o rechazar a las personas de origen oriental o que tengan rasgos asiáticos por miedo a que sean portadoras no está justificado y también forma parte de las acciones que promueven la discriminación. Ni el aspecto físico ni racial son motivos para inferir de manera deliberada su condición de salud.
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