Diputada Soraya Noemí Bocardo presenta iniciativa para reformar el Código Penal de Tlaxcala

Con el objetivo de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, en concordancia con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, la diputada Soraya Noemí Bocardo Phillips presentó ante el pleno una iniciativa de decreto para delimitar específicamente el tipo penal de cohecho de particulares.

Entre los motivos que la legisladora presentó, se encuentra el hecho de que la corrupción representa un obstáculo mayúsculo para el crecimiento de un país, ya que obstruye la justicia, el Estado de Derecho y la seguridad y ello  resulta en la pérdida de la confianza de la ciudadanía en las instituciones; por ello considera la necesidad de tipificar por separado el cohecho activo y pasivo de manera clara y puntual.

Esta iniciativa pretende reformar la fracción II del artículo 164, la denominación del CAPÍTULO I, del TÍTULO TERCERO, del LIBRO SEGUNDO, y el párrafo primero y la fracción I del artículo 173; todos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con el fin de eliminar la duplicidad del tipo penal.

Tras su presentación ante el pleno, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que la analizará a fondo y dictaminará.

Diputada Soraya Noemí Bocardo presenta iniciativa para reformar el Código Penal de Tlaxcala

Con el objetivo de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, en concordancia con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, la diputada Soraya Noemí Bocardo Phillips presentó ante el pleno una iniciativa de decreto para delimitar específicamente el tipo penal de cohecho de particulares.

Entre los motivos que la legisladora presentó, se encuentra el hecho de que la corrupción representa un obstáculo mayúsculo para el crecimiento de un país, ya que obstruye la justicia, el Estado de Derecho y la seguridad y ello  resulta en la pérdida de la confianza de la ciudadanía en las instituciones; por ello considera la necesidad de tipificar por separado el cohecho activo y pasivo de manera clara y puntual.

Esta iniciativa pretende reformar la fracción II del artículo 164, la denominación del CAPÍTULO I, del TÍTULO TERCERO, del LIBRO SEGUNDO, y el párrafo primero y la fracción I del artículo 173; todos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con el fin de eliminar la duplicidad del tipo penal.

Tras su presentación ante el pleno, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que la analizará a fondo y dictaminará.