- Las resoluciones distadas por el Congreso del Estado, incluyendo juicio político, son inatacables.
El Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Tlaxcala, publicó en sus listas de notificación el desechamiento de la demanda de amparo indirecto, promovido por Marlene Alonso Meneses, quien reclamó todo lo actuado en el juicio político SPPJP002/2018, de la Comisión Instructora del Congreso Local, expediente en el que se determinó su destitución del cargo de Comisionada del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
La resolución ya le fue notificada Marlene Alonso Meneses, y en ella se le informa que se desecha de plano su demanda, pues el Juez Federal analizó el artículo 109 de la Constitución Local, que dispone que son inatacables las resoluciones dictadas por el Congreso Local en materia de juicio político, concluyendo que tales determinaciones son facultades soberanas, porque esas decisiones no requieren ser aprobadas o refrendadas por diversa autoridad.
El Juez Federal estimó que se actualiza de manera manifiesta e indudable la improcedencia del Juicio promovido por Marlene Alonso Meneses, porque en la demanda de amparo se reclama una resolución de juicio político, y por ello desechó de plano la demanda de amparo.
Ante este escenario, la resolución de Juez Federal confirma que no es inconstitucional la decisión adoptada por el Pleno del Congreso Local el 17 de julio pasado, al destituir a los tres Comisionados del Instituto de Transparencia, de modo que la misma suerte debe correr cualquier otro medio de impugnación en contra de tal destitución.
Así, el Congreso del Estado de Tlaxcala ratifica su compromiso con el derecho a la transparencia en beneficio de la sociedad -al resolver un conflicto que la Legislatura anterior omitió atender-, pues el órgano garante local es un ente indispensable en el fortalecimiento de nuestra democracia.