Periodistas adheridos al Consejo de Medios de Comunicación en Tlaxcala (COMECOT) promovieron un recurso de queja en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra el titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) Víctor Manuel Cid del Prado Pineda, y quedó asentada con el folio 2020/917.
De acuerdo con los hechos de denuncia, se derivó de una serie de actos y omisiones por Víctor Manuel Cid del Prado Pineda al negarse a indagar hechos constitutivos de violación a los derechos humanos y la libertad de expresión, así como por el conflicto de interés que priva con el organismo autónomo.
Lo anterior, derivó por el desechamiento de la solicitud de queja CEDH/TVG/55/2020 contra el magistrado Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez, quien a su vez demandó por la vía civil a periodistas por evidenciar en un audio el reparto de recursos públicos que regresó el SAT producto del ISR, y en la CEDH se argumentó su falta de incompetencia contra actos jurisdiccionales.
‘Inicie el procedimiento de investigación respectivo, toda vez que, con esta conducta desplegada por el denunciado (MARIO ANTONIO DE JESUS JIMENEZ MARTINEZ), lo que denota es una violación a los derechos humanos (libertad de expresión y derecho a la información) y un ataque a la forma de gobierno democrático (el derecho a saber de la sociedad para generar un debate sobre la administración de los recursos públicos), el trastorno de una institución fundamental del Estado, en este caso al querer convertir ese máximo órgano impartidor de justicia en un poder de inquisición y de acoso judicial sobre quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información pública, además que con su conducta inquisitiva se puede presumir que lo que trata de ocultar es un presunto desvío de recursos públicos durante su mandato como Presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia…’.
Es decir, que por el desconocimiento de la norma y defensa a los derechos humanos se interpuso queja por la falta de admisión de la queja y por consecuencia el archivo del expediente en mención.
Además de ello, en la queja ante la CNDH se solicitó se haga uso de su facultad de atracción para conocer la investigación de los hechos violatorios de derechos humanos.
‘En este escrito de queja en primera instancia, por considerar que no existen las condiciones de imparcialidad por parte de la CEDHT’.
‘Es necesario, hacer de conocimiento a esta Comisión Nacional de Derechos Humanos, que en su momento a través de solicitudes de acceso a la información pública el hoy titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado, fue evidenciado por un claro tráfico de influencias, ya que a su hija de nombre Vanessa Cid del Prado Pineda Hernández, sin cumplir con los requisitos de elegibilidad y procedimiento de contratación, fue acomodada como servidora pública del Poder Judicial del Estado, a cambio el C. Rubén Arvizu Arredondo, esposo de la Magistrada Rebeca Xicoténcatl Corona, fue contratado como Director del Centro de Investigación y Capacitación de Derechos Humanos en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, sin un procedimiento claro y transparente de contratación y sin cumplir con los requisitos de elegibilidad para ocupar dicho cargo…’, se lee en la queja presentada en la CNDH.
Ante esta serie de hechos, se aduce que el titular de este organismo autónomo se encuentra ante un claro conflicto de interés para conocer de una queja en contra de un magistrado de ese Poder Público, por la amistad pública y notoria entre la magistrada Rebeca Xicohténcatl Corona y el magistrado Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez.
‘Lo cual lo impide actuar con imparcialidad, profesionalismo, transparencia, legalidad y honradez. Estos hechos ya han sido denunciados al Honorable Congreso del Estado, para que a través del Órgano de Fiscalización Superior del Estado se avoque a la investigación de los mismos…’, dice el escrito de queja.