- Luz Vera, Omar López y José Luis Garrido existieron trabajos de dictaminación incorrectos, con intenciones encaminadas al proceso electoral
Entre inconformidades del Partido Acción Nacional (PAN) y de Encuentro Social, diputados locales avalaron por mayoría de votos que en Tlaxcala sean legales los matrimonios entre personas del mismo sexo, mediante la aprobación de modificaciones al Código Civil para el estado.
Así los legisladores, realizaron reformas a los artículos 39 primer párrafo, 42 primer y tercer párrafo y artículo 46, todos del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
El artículo 39 estipula que “la promesa de matrimonio, que se hacen mutuamente dos personas, constituyen los esponsales”, el 42 dicta que el matrimonio es la unión de dos personas con su pleno consentimiento, que tiene como objeto realizar la comunidad de vida, en donde ambas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley y con todas las solemnidades que ella exige.
Mientras que el artículo 46 quedó reformado para expresar: “Podrán contraer matrimonio dos personas que hayan cumplido dieciocho años de edad. Los presidentes municipales podrán conceder la dispensa del impedimento de parentesco por consanguinidad en la línea colateral desigual”.
Señalar que Tlaxcala con este paso se convierte en el estado 22 en legislar esta situación respecto a favorecer a la comunidad Lgbtt+, situación que aplaudió este sector de la población en la entidad.
Mencionar que previo a la votación respectiva, los diputados José Luis Garrido Cruz y Luz Vera Díaz del Partido Encuentro Social, junto con el coordinador de la fracción del PAN, Omar Milton López Avendaño, se inclinaron en contra de esta determinación al considerar, entre otras cosas, que existieron trabajos de dictaminación incorrectos, con intenciones encaminadas al proceso electoral y por considerar a Tlaxcala como un estado conservador respecto a este tema a lo que la comunidad Lgbtt+ les respondió con gritos de desacuerdo y los señalaron de homofóbicos.
Entre las consideraciones tomadas en cuenta en la dictaminación estuvo el libre desarrollo de la personalidad que refiere a la decisión de un individuo de unirse a otro y proyectar una vida en común, como la relativa a tener hijos o no, deriva de la autodeterminación de cada persona y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.
Además del cambio del concepto de familia conforme a la realidad social, respecto a que la familia, antes que ser un concepto jurídico, es un concepto sociológico, pues, la familia, lejos de ser una creación jurídica, nace o se origina con las relaciones humanas.
Correspondiendo más bien a un diseño social que, por ende, se presenta de forma distinta en cada cultura; así, los cambios y transformaciones sociales que se van dando a lo largo del tiempo, de manera necesaria, impactan sustancialmente en la estructura organizativa de la familia.