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Por insuficiencia de pruebas, revoca Tribunal Federal Colegiado sentencia de Raúl N. por homicidio; aprueban su liberación inmediata

Por unanimidad de votos y al comprobarse la falta de pruebas contundentes de su participación, Magistrados del Segundo Tribunal Federal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, decretaron la absolución, a través de un amparo directo, de Saúl N, y que obliga a las autoridades judiciales la liberación inmediata del ex presidente de comunidad de San Pedro Tlalcuapan del municipio de Chiautempan, acusado por homicidio calificado de un masculino en linchamiento el pasado 15 de abril del 2022.

Así los tres magistrados Francisco Ballesteros González, José Luis Moya Flores y Alejandro Bernal Valdez coincidieron en que el proceso registró vicios de fondo y determinaron dejar sin efecto la sentencia de 20 años de cárcel, emitida el ocho de julio del 2024.

Luego de realizar una marcha pacífica por calles de la capital, el sonido que acompaña al grupo de pobladores y familiares de Saúl N. se detuvo frente a instalaciones del Palacio de Justicia para dar paso a escuchar el resolutivo por medio de una bocina que replicó el audio en punto de las 11 horas.

Fue el magistrado Francisco Ballesteros González, quien presento el proyecto de resolución del juicio de amparo desde la perspectiva de presunción de inocencia y quien explicó que los testimonios recabados de tres policías fueron parcialmente valorados, ya que según sus dichos nada pudieron hacer para evitar el linchamiento, más aún cuando los pobladores les exigieron que se retiraran o también serían linchados.

Abundó que la única prueba con señalamientos de culpabilidad en contra del también líder indígena, fue el testimonio del hermano del masculino falleció por linchamiento, quien dijo haber visto al entonces Presidente de Comunidad acompañado por pobladores y diciendo que le iban a dar un escarmiento.

Aunque dicha versión se contradice con la narración de otra hermana del masculino fallecido, quien también llegó al lugar e identificó a una persona distinta a Saúl quien incitaba a la población.

Por lo anterior y por unanimidad acordaron que ante insuficiencia de pruebas aceptaban el amparo directo y procedía la presunción de inocencia y determinaban absolver al ex presidente de comunidad de Tlalcuapan y ordenaban su inmediata liberación

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