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Incumplen Cuaxomulco, Teacalco y Emiliano Zapata con entrega de cuenta pública; OFS alista sanción

Al cumplirse el periodo oficial, los alcaldes de San José Teacalco, Emiliano Zapata y de Cuaxomulco, no entregaron la cuenta pública en tiempo y forma correspondiente al último trimestre del 2024 al Congreso de Tlaxcala, por lo que podrían enfrentar un proceso administrativo en los siguientes días.

Ante lo anterior corresponderá al Congreso de Tlaxcala notificar por escrito la lista de los más de 100 entes fiscalizables que cumplieron en tiempo y forma, pero también a quienes no lo hicieron para de ahí el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) defina la sanción que aplicará a los alcaldes Román Montiel Santiago (Fuerza por México); Edgar Macías Moreno (PRI) y Griselda Aguilar Macías (MORENA).

Que dice la Ley de Fiscalización de Tlaxcala…..

La Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas Públicas del Estado de Tlaxcala, que entró en vigor el primero de enero del 2020 y con última reforma el 14 de marzo del año pasado de 2024, establece la obligación de los entes fiscalizables de presentar su cuenta pública trimestral en los primeros 30 días del mes siguiente.

Así al concluir el último trimestre del 2024 el día 31 de diciembre, la entrega de la cuenta pública de los más de 100 entes fiscalizables y donde se encuentran los 60 municipios, concluyó el pasado 30 de enero del año en curso

Al respecto el artículo ocho, párrafo tercero, de la ley en mención, señala que “De los entes fiscalizables que no presentaron cuenta pública conforme al plazo establecido, el OFS iniciará el procedimiento administrativo para la imposición de multa en los términos previstos en esta Ley”.

Además el artículo noveno en su segundo párrafo menciona que “En caso de incumplimiento en la presentación de la cuenta pública, en el plazo a que aluden los párrafos anteriores, el OFS impondrá la multa a los servidores públicos responsables, determinada conforme a lo que establece el artículo 16 de esta Ley, misma que será pagada con recursos propios de los servidores antes referidos, y depositada en la cuenta bancaria que al efecto señale el Congreso”.

Incluso establece que el OFS tendrá la facultad de “presentar la denuncia correspondiente ante la autoridad competente por la probable comisión del delito que resulte”.

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